En consecuencia, éste Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la oposición interpuesta por la representación judicial de la parte demandad en el presente juicio a la medida de secuestro decretada por éste Juzgado en fecha 10 de agosto de 2012, y como consecuencia de ello, ordena lo siguiente:
PRIMERO: Se levanta la medida de secuestro dictada en fecha 10 de Agosto de 2012, sobre el bien inmueble objeto del presente juicio.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte actora, por haber resultado totalmente vencida en la presente incidencia.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE.-