En consecuencia, y dado que la representación Judicial de la Institución Financiera BANCO DE VENEZUELA C.A., BANCO UNIVERSAL, estimó su demanda en la cantidad de Ciento Noventa y Cinco Mil Ochocientos Cincuenta y Ocho Bolívares con 26/100 Ctmos. (Bs.195.858, 26), equivalentes a tres mil trece Unidades Tributarias (3013 U.T.), siendo que los Tribunales de Municipio tienen competencia para conocer de los asuntos contenciosos hasta Ciento Noventa y Cinco Mil Bolívares Fuertes (Bs.F.195.000,00), equivalentes a tres mil Unidades Tributarias (3.000 U.T.) y tomando en cuenta que la suma estimada es superior a las mencionadas, es por lo que este Juzgado Vigésimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, se declara incompetente por la cuantía, para conocer de la presente controversia y DECLINA LA COMPETENCIA, al Juzgado (Distribuidor) de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, .....