Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Undécimo en lo Civil, Mercantil, Transito, Bancario y Marítimo con sede en la ciudad de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por el abogado Ernesto Estévez, actuando en representación de la Asociación Civil Estévez Misle y Asociados, en contra de la sentencia de fecha veintiséis (26) de enero de 2018, dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas,
SEGUNDO: Se ordena al Juzgado Décimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, admitir la acción de amparo interpuesta por la asociación civil Estévez Misle y Asociados A.C.