Por los señalamientos antes mencionados, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Con lugar la apelación interpuesta por los abogados en ejercicio Freddy Suarez Moncada y Gregorio Roberto Natale Riviello, actuando como apoderados judiciales de la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha ocho (8) de noviembre de 2016, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
SEGUNDO: Sin lugar la apelación interpuesta por el abogado en ejercicio Pedro José Rodríguez Ríos, actuando como apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha ocho (8) de noviembre de 2016, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
TERCERO: Se ordena la entrega del bien .....