Este Tribunal se declara incompetente en razón de territorio y considera que quien debe conocer de la presente causa es el Juzgado Primero de Primera Instancia Civil, Mercantil, Tránsito, Agrario y Marítimo del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del estado Sucre. Remítase el expediente a dicho Tribunal correspondiente. Es todo.-