DISPOSITIVA:
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas: Este Juzgado SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por Cobro de diferencia de Prestaciones Sociales, y Otros Conceptos Laborales; interpuesta por la ciudadana ANNY VANESSA PAZ MEZA, venezolana, mayor de edad e identificada con la Cédula de Identidad bajo el No.16.563.431, contra el BOLIVARIANA DE PUERTOS, (BOLIPUERTOS), S.A.. SEGUNDO: Los conceptos y cantidades de dinero que deberá pagar la parte demandada a la actora, serán discriminados en el fallo en extenso. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del fallo. La sentencia documental se publicará dentro de los cinco (05) días de despacho siguientes al de hoy de conformidad con lo dispuesto en el artículo 159 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Se ord.....