DISPOSITIVA
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la Medida de Suspensión de Efectos por vía de Amparo Cautelar contra la Providencia Administrativa N° 2015-0014, de fecha 02 de febrero de 2015 suscrita por el ciudadano Inspector del Trabajo Jefe de la Inspectoría del Trabajo en el Este del Área Metropolitana de Caracas, Municipio Libertador del Distrito Capital.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En la ciudad de Caracas, a los cuatro (04) días del mes de junio de Dos Mil quince (2015). Año 205º y 156º.
EL JUE.....