Precisado lo anterior, este Juzgado observa luego de realizar una revisión a las actas procesales que conforman el presente expediente, que el asunto bajo estudio se encuentra en fase de sustanciación, es decir, aun no se ha materializado las notificaciones a las partes involucradas, en este sentido y como quiera que no existen motivos de hecho ni de derecho que impidan a la parte recurrente desistir del presente procedimiento, es por lo que este Juzgado HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO propuesto por la parte recurrente en los términos en que fue expuesto, en consecuencia, este Juzgado procederá a dar por terminado el proceso y ordenara el cierre informático y archivo del expediente.
EL JUEZ
ABG. ADRIAN MENESES
LA SECRETARIA
ABG. KELLY SIRIT