Por las razones antes expuestas este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana GLORIEN ALCIRA AGUILAR ROMAGOSA, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.285.129., contra la empresa MERCK, S.A., por Diferencia de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales. SEGUNDO: Se condena en costas al demandante de autos por haber resultado totalmente vencidos en el presente procedimiento. TERCERO: Se ordena la Notificación de las partes por cuanto la presente sentencia salio fuera del lapso procesal.
PUBLIQUESE, REGISTRESE y DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del JUZGADO SEPTIMO (7°) DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS. En la ciudad de.....