DISPOSITIVA.-
Con mérito a todos los razonamientos de hechos y de Derecho antes expuestos, este TRIBUNAL SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ÁREA METROLITANA DE CARACAS, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano MIGUEL ANTONIO MARIN DIAZ contra CONSEJO NACIONAL DE LA VIVIENDA (CONAVI), ambas partes ya identificadas.
SEGUNDO: Se ordena a la demandada al pago de los conceptos y cantidades discriminados en la parte motiva del presente fallo, de conformidad con la experticia complementaria del fallo en los términos supra expuestos.
TERCERO: No hay condenatoria en costas a la parte demandada por cuanto goza de los privilegios otorgados al Fisco Nacional.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Séptimo de Primera Instancia de .....