Dispositivo
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Séptimo (7°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, declara: Primero: Parcialmente con lugar la demanda incoada por la ciudadana EVA PASTORA PERDOMO GONZALEZ y Con Lugar la demanda incoada por la ciudadana YOLIMA ROSARIO RONDON GONZALEZ contra UNIDAD EDUCATIVA COLEGIO NUESTRA SEÑORA DE FATIMA, partes suficientemente identificadas a los autos, por lo que se ordenan a esta última a cancelar los conceptos más interés de mora e indexación; cuyos cálculos se ordenan realizar mediante experticia complementaria del fallo, de acuerdo a lo expresado en la parte motiva de esta decisión. Segundo: No hay condenatoria en costas por cuanto ninguna de las partes resultó totalmente vencida.
Dando cumplimiento a lo establecido en las disposiciones del artículo 248 del Código de P.....