DISPOSITIVO
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos FABIO ERNESTO BRAMANTI OSTILLA, NICOLAS VALERA STACHOWSKY, y CARL HENRIK GUSTAF EDLUND BREWER contra BANCO NACIONAL DE CREDITO, C.A, BANCO UNIVERSAL ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se ordena a la demandada cancelar a los actores, los conceptos declarados procedentes, más lo que resulte de la experticia complementaria del fallo, tal como fue establecido en la parte motiva.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandada, por haber resultado totalmente vencida, de conformidad con el artículo 59 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA
.....