Con base a todos lo razonamientos de hecho y derecho que han sido expresado en la parte motiva del presente fallo este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA: Parcialmente Con Lugar la demandada por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales, incoada por la ciudadana YVANA VILLEGAS HERRERA contra la entidad de trabajo ANTIAGING, C.A., y solidariamente en forma personal los ciudadanos CAROLA MARINA VARGAS ARMAS y RONALD ENRIQUE SALAS MARCHANI, titulares de la cedula de identidad Nos. V-13.750.970 y V-11.034.615.