DISPOSITIVO
En base a los razonamientos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÀREA METROPOLITANA DE CARACAS , administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda por prestaciones sociales, incoada por la ciudadana MIRNA DEL CARMEN URBANEJA PINTO contra REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, ambas partes identificadas al inicio de la presente sentencia. SEGUNDO: Se ordena a la parte demandada a cancelar a la actora en la forma prevista en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: No hay condenatoria en costas. CUARTO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República.
PUBLIQUESE, REGISTRESE Y DEJESE COPIA
Dada, sellada y firmada en el Despacho del Juzgado Séptimo de Primera I.....