DISPOSITIVO
Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CONTRADICHA LA PARTE DEMANDADA SEGUNDO: CON LUGAR la demanda que por calificación de despido, reenganche y pago de salarios caídos interpuso la ciudadana MARIA ALEXANDRA COLINA RONDON contra MERCADOS DE ALIMENTOS (MERCAL), antes ya identificadas.
TERCERO: Se ordena a la demandada a reenganchar a la demandante a su puesto de trabajo, es decir ejerciendo funciones de JEFE DE NOMINA, en las mismas condiciones en que se encontraba antes de su despido ilegal y a cancelarle los salarios caídos sobre la base de Bs. F 2.000,00, alegado en el libelo desde la fecha de notificación de la demanda hasta su efectivo y legal reenganche, más los aumentos legales (Decretos del Ej.....