De conformidad a lo antes expuesto, este Juzgado de conformidad a lo establecido en el artículo 19 de la Ley Orgánica del Trabajo los Trabajadores y las Trabajadoras (L.O.T.T), en concordancia con lo dispuesto en los artículos 10 y 11 del Reglamento, HOMOLOGA dicha transacción en los términos expuesto, en consecuencia, declara terminado el presente juicio y ordena el archivo físico del expediente así como su cierre informático. Así se establece. Cúmplase lo ordenado.