Por todas las razones antes expuestas, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por cobro de prestaciones sociales incoada por el ciudadano AHAMAD FIZUL contra EDUCACIONES OBAIR C.A, ya identificados.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada cancelar al actor la cantidad de Bolívares DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO CENTIMOS (Bs. 19.546.998,00).
TERCERO: Asimismo se ordena la indexación de la cantidad condenada a pagar que resulte de la experticia complementaria del fallo desde la fecha de admisión de la demanda (09 de agosto de 2006) hasta la efectiva ejecución del fallo, con exclusión del lapso en que la causa haya estado paralizada por una causa no imputable al demandado, entendiéndose p.....