DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, el Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Guarico, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesto por la parte demandante ciudadana JUANA MARÍA CUADRO HERNÁNDEZ contra FULLER MANTENIMIENTO. SEGUNDO: Se ordena al demandado pagar los siguientes conceptos: Indemnizaciones Art.130, 5° LOPCYMAT y Daño Moral.
Asimismo, se acuerda la corrección monetaria de las cantidades condenadas cuyo calculo se hará mediante experticia complementaria del fallo, que se practicará por un (1) perito designado por el tribunal, si las partes no se acordaran para nombrarlo, atendiendo a los siguientes parámetros: 1.-) la indexación monetaria de las indemnizaciones provenientes de la ocurrencia del accidente laboral, Indemnizaciones Art.130, 5° LOPCYMAT calculados desde la fecha de notificación de la demandada; y 2.-) La Indexación del .....