DISPOSITIVA
Por las razones previamente expuestas, este Tribunal Séptimo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la INCOMPETENCIA alegada por la parte demandada REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por Órgano DE LA ASAMBLEA NACIONAL. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por los ciudadanos ELIANA ERISTEA RODRIGUEZ, NAYRA FERNANDEZ, ADEL CALZADILLA SIFONTES y LUIS IVAN LEON venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros V-4.005.187, V.-9.723.499, V.-8.866.940, V.-7.267.310. Respectivamente, contra la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR ORGANO DE LA ASAMBLEA NACIONAL. En consecuencia se ordena a la parte demandada al pago de los conceptos determinados en la parte motiva de la presente decisión, cuyos montos serán calculados por un experto designando por.....