este Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara: PRIMERO: LA NULIDAD del auto de fecha 10 de marzo de 2017, que acuerda la actualización de la experticia contable a realizar por el experto contable Licenciado Cosme Parra. SEGUNDO: LA NULIDAD de la experticia complementaria del fallo consignada por el auxiliar de justicia ut supra, de fecha 20 de abril de 2017, así como las actuaciones subsiguientes. TERCERO: LA NULIDAD del auto de fecha 24 de enero de 2019 y actuaciones subsiguientes mediante la cual este Juzgador acuerda la actualización de la experticia contable presentada por el auxiliar de Justicia Cosme Parra el cual le correspondió su realización al Licenciado José Herrera. Se ordena la notificación de las partes con la inclusión del experto contable Jo.....