este Juzgado Trigésimo Sexto (36°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros Conceptos Laborales interpuesta por la ciudadana MAYRA LILIANA PULGAR RUIZ, titular de la cedula de identidad N° V- 14.548.128, contra la entidad de trabajo SERVICIOS INTEGRALES VITA 2010, C.A (INSTITUTO DIAGNOSTICO). Se ordena la notificación de la parte demandada y una vez conste en auto la resulta correspondiente, y precluya el lapso de Ley para ejercer los recursos contra la presente decisión, se procederá al cierre informático y archivo definitivo del expediente.