este Juzgado Cuadragésimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: PARCIALEMNTE CON LUGAR LA DEMANDA INTENTADA por la ciudadana JENNY SOLEDAD VICHEZ ZURITA venezolana, mayor de edad, de este domicilio, cédula de identidad Nº 9.955.223, por Cobro de Prestaciones Sociales, en contra de la sociedad mercantil COLEGIO DE FORMACIÓN INTEGRAL 12 DE FEBRERO, condenándose a la parte demandada, a pagar a la actora la cantidad de CINCO MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES BOLÍVARES CON CUARENTA Y NUEVE CÉNTIMOS (5.353,49), más lo que resulte de la experticia complementaria ordenada en este fallo. SEGUNDO: Se ordena realizar experticia complementaria del fallo conforme a los parámetros señalados en la parte motiva del fallo. TERCERO: No hay condenatoria en costas de conformidad c.....