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Decisiones del dia 05/10/2011

Formato:  Ficha  Lista

Tribunal Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : AP21-L-2011-004511 N° Sentencia : Fecha: 05/10/2011
Procedimiento:
Prestaciones Sociales
Partes:
JAIRO CAMACHO VS IMPORTACIONES Y DISTRIBUCION HERDIFE C.A., (RESTAURANT BELLA VISTA),
Resumen:
En razón de lo antes expuesto y dado que el demandante no señaló los datos concernientes al nombre, apellido y carácter de la persona a notificar en nombre de la empresa demandada, este Juzgado Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara LA INADMISIBILIDAD DE LA DEMANDA interpuesta por el ciudadano JAIRO CAMACHO contra la empresa IMPORTACIONES Y DISTRIBUCION HERDIFE C.A., (RESTAURANT BELLA VISTA) en cumplimiento de lo dispuesto en la antes referida disposición legal, publíquese en el día hábil de hoy la presente decisión.
Juez/Ponente:
Gilberto Jansen
Organo:
Tribunal Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
arriba

N° Expediente : AP21-S-2011-001662 N° Sentencia : Fecha: 05/10/2011
Procedimiento:
Oferta Real De Pago
Partes:
QCB INGENIERIA, C.A.: VS PEDRO GILBERTO MONTIEL BELTRÁN
Resumen:
En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho arriba expuestas, este Tribunal Cuadragésimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL PAGO realizado por la sociedad mercantil QCB INGENIERIA, C.A. al ciudadano PEDRO GILBERTO MONTIEL BELTRÁN en los términos expuesto. Se acuerdan expedir por Secretaría dos (02) juegos de copias certificadas según el artículo 21 numeral 3º de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Finalmente, se deja constancia que una vez transcurrido el lapso de cinco (05) días hábiles contados a partir de la presente fecha exclusive para ejercer los recursos de ley contra la presente decisión, se dará por terminado el juicio y se ordenará el cierre informático del expediente y su archivo definitivo. En Caracas, a los cinco (05) días del mes de octubre de dos mil once (2011).
Juez/Ponente:
Gilberto Jansen
Organo:
Tribunal Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución
arriba

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