Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL CUADRAGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPLITANA DE CARACAS administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: La inadmisibilidad de la acción por fraude procesal interpuesta SALIM EL KHOURY contra la sentencia dictada Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha diecisiete (17) de noviembre de 2008.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la índole de la decisión.
Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas, http: //caracas.tsj.gov.ve/.
Publíquese, regístrese y notifíquese y déjese Copia Certificada la presente decisión.