III
DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos antes expuestos este Tribunal, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le confiere la Ley DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda que por cumplimiento de cláusulas sindicales, incoara el Sindicato Socialista Nacional de Trabajadores del Calzado, Pieles, Depósitos de Calzados, Tiendas de Ventas de Calzado, Carteras, Correas, Talabarterías, Curtiembres, Sintéticos y sus Similares de Venezuela (SINTRACALP), contra la Sociedad Mercantil ZAPATERÍA BERMÚDEZ, C.A., ambos identificados.
SEGUNDO: Se ordena a la Sociedad Mercantil ZAPATERÍA BERMÚDEZ, C.A., pagar al Sindicato Socialista Nacional de Trabajadores del Calzado, Pieles, Depósitos de Calzados, Tiendas de Ventas de Calzado, Carteras, Correas, Talabarterías, Curtiembres, Sintéticos y sus Similares de Venezuela (SINTRACALP) la suma de TRES MILLONES CIENTO DIECIOCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y DOS BOLIVARES CON 98/100 (Bs. 3.118.73.....