DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Décimo del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: PRIMERO: CON LUGAR la PRESCRICION alegada por la parte demandada; SEGUNDO: SIN LUGAR la demanda por DAÑOS Y PERJUICIOS incoada por el ciudadano VICTOR RAMON RADA TOVAR, contra la entidad de trabajo CERVECERIA POLAR, C.A., TERCERO: No hay condenatoria en costa de conformidad con el articulo 64 de la LOPTRA.