Por las razones expuestas, este Juzgado Décimo Cuarto (14°) de Primera Instancia de Juicio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada por EMILY ORIETA HURTADO SOSA, titular de la cedula de identidad 12.157.246, representada legalmente por su padre, ciudadano RICARDO ENRIQUE HURTADO BORRERO titular de la cédula de identidad N° 3.255.255 contra PETROLEOS DE VENEZUELA S.A. (PDVSA). Los conceptos a cancelar quedaron especificados precedentemente; SEGUNDO: No se condena en costas.
Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de la presente decisión según el Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto Con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. La causa se suspenderá por un lapso de ocho (08) días hábiles contados desde que curse en autos la .....