Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
ÚNICO: NIEGA la solicitud de homologación de la transacción, realizada por la abogada Heydi del Carmen Delgado Peña, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 111.837, actuando con el carácter de apoderada judicial de la parte querellada en el recurso contencioso administrativo funcionarial ejercido por los abogados Pedro Miguel Reyes, Román Argotte Mota y Alí Ramón Zambrano, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 9.471, 37.674 y 68.327, respectivamente, actuando en el carácter de apoderados judiciales de la ciudadana VICMARY JOSEFINA JIMÉNEZ FIGUEREDO, entre otros, contra el MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA, hoy MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA TRANSPORTE ACUÁTICO Y AÉREO.