En mérito de lo anterior, este Juzgado Superior Estadal Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto por el abogado JORGE MONASTERIO OROZCO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.264, actuando en representación de la MANCOMUNIDAD "CUERPO DE BOMBEROS DEL ESTE", en contra de la Providencia Administrativa N° 61-98 de fecha 15 de diciembre de 1999, emanada de la INSPECTORÍA DEL TRABAJO EN EL ESTE DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.