De las consideraciones que anteceden, este Tribunal Superior Décimo en lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PROCEDENTE la solicitud de aclaratoria presentada por la ciudadana EGLE CEDEÑO VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.715.025, asistida por la abogada MESALINA JIMENEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 65.587, parte querellante en la presente causa, de la decisión proferida por este Tribunal en fecha 11 de agosto de 2016, en consecuencia:
ÚNICO: Se deja constancia en el cuerpo de la sentencia dictada en fecha 11 de agosto de 2016, que en donde se lee: "EGLE CEDEÑO VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 4.625.730"; debe leerse: "EGLE CEDEÑO VÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad N° 3.715.025" y así es como debe constar.
Publíquese, registre. Agréguese al expediente y notifíquese a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho de este Tribunal Superior Décimo.....