En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Estadal Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CONSUMADA LA PERENCIÓN y EXTINGUIDA LA INSTANCIA en el Recurso Contencioso Administrativo de Nulidad interpuesto, por el abogado JUAN MANUEL FERNANDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 123.261, actuando en su carácter de apoderado judicial del ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA, contra el acto administrativo definitivo signado bajo el N° DAB-2070-09, dictado por la entonces Alcaldesa del Municipio Brión del estado Bolivariano de Miranda el 22 de junio de 2009, mediante el cual se pretende la Nulidad de dicho acto.