En merito de lo anterior, este Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA PERDIDA DEL INTERES PROCESAL Y EN CONSECUENCIA EL ABANDONO DEL TRAMITE, en la presente demanda de nulidad, interpuesto por el abogado CARLOS ALBERTO CARRIZO GONZALEZ antes identificado, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil MARSHALL Y ASOCIADOS, C.A, contra la INSPECTORÍA DEL TRABAJO MUNICIPIO GUAICAIPURO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MIRANDA.
Publíquese y regístrese.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Décimo de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, en Caracas a los veintiséis (26) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018). Años 207º de la Independencia y 159º de la Federación.