Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra la decisión de fecha 20 de octubre de 2009, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR LA DEMANDA interpuesta por los ciudadanos HECTOR JOSE PINTO ROJAS, JOSE DANIEL MENDOZA, EZIO ALBERTO HERNANDEZ, ERNESTO VERA ARENA y YUMAY PEREZ contra la sociedad mercantil C.A. EDITORA EL NACIONAL y en consecuencia, se ordena a la parte demandada a pagar a la parte actora, los conceptos y cantidades de acuerdo a los parámetros establecidos en la parte motiva del presente fallo. TERCERO: SE MODIFICA el fallo recurrido. No hay condenatoria en costa.....