V. DISPOSITIVO:
Por todo lo anteriormente expuesto, este Juzgado Sexto Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación formulada por los recurrentes e INADMISIBLE la demanda interpuesta por los ciudadanos RIGOBERTO ANTONIO GUERRA, FELIX MARIA CASTILLO, JOSE ANRES BRICEÑO, ELIAS JOSE ARANGO GALVIS, LUIS GERARDO GUILLEN GUILLEN, JORGE MENDOZA Y EDUARDO REYES PINEDA., contra la sentencia de fecha 12 de noviembre de 2014 emanada del Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de las Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia objeto de apelación por otros motivos. TERCERO: No hay condenatoria en costas.