declara: PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte actora, contra la decisión de fecha veintisiete (27) de julio de dos mil doce (2012), por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE ANULA la decisión apelada, en consecuencia, se repone la causa al estado de que la Juez del Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial, fije dentro de los tres (03) hábiles siguientes al recibo del expediente, nueva oportunidad para la celebración de la audiencia de juicio, sin notificación de las partes, por cuanto las mismas se encuentran a derecho. No hay condenatoria en costas.