Por las razones de hecho y de derecho anteriormente señaladas, este Juzgado Superior Sexto del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR el recurso de regulación de competencia interpuesto por la parte actora. SEGUNDO: COMPETENTE los Juzgados del Trabajo del Área Metropolitana para conocer de la presente demanda. TERCERO: SE REVOCA la sentencia de fecha 15 de marzo de 2010 dictada por el Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana, y en consecuencia se ordena al Juzgado Tercero de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana que continúe con la tramitación de la presente causa conforme lo dispone la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, previa notificación de las partes. No hay condenatoria en costas.