V. DISPOSITIVO
Con base a los argumentos precedentes este Juzgado Sexto (6º) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: Primero: SIN LUGAR la apelación ejercida por la parte actora en contra de la sentencia dictada por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 14 de abril de 2015; Segundo: Se confirma el fallo recurrido; Tercero: Dada la naturaleza del fallo no hay condenatoria en costas.