declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 21 de noviembre de 2012, por la abogada DAILYNG AYESTARAN, en su carácter de apoderado judicial de la parte accionante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 19 de noviembre de 2012, con motivo del recurso de nulidad interpuesto por la sociedad mercantil MUDANZAS INTERNACIONALES GLOBAL, C.A en contra de la providencia administrativa dictada en fecha 29 de mayo de 2012, con motivo del procedimiento de reenganche y pago de salarios caídos incoado por el ciudadano Diego Escalona por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO DEL ESTE. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas por la naturaleza de la decisión.