Primero: Declararse competente para conocer, sustanciar y decidir el Recurso Contencioso de Nulidad intentado por el abogado Rafael Pereza, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 9.298, en su carácter de apoderada Judicial de la empresa SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA C.A, contra el certificado Nº 0644-10 emitido por la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores Miranda del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales en fecha 17 de noviembre de 2010. Segundo: Ordenar practicar la notificación mediante boleta al interesado, y mediante Oficios a la Procuradora General de la República, Fiscal General de la República, Presidente del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales y Director Estatal de Salud de los Trabajadores del estado Miranda, informándole sobre la continuación del presente juicio.