Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Declara: UNICO: Improcedente la medida cautelar de suspensión de efectos del acto administrativo Nº 0388-09 emitido por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales en fecha 25 de noviembre de 2009., solicitada por la sociedad mercantil EVEREADY DE VENEZUELA, Por la naturaleza del presente fallo no hay especial condenatoria en costas.