PRIMERO: CON LUGAR EL RECURSO de apelación interpuesto por la parte demandada contra la decisión de fecha treinta y uno (31) de octubre de dos mil once (2011), dictada por el Juzgado Undécimo (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SIN LUGAR LA DEMANDA, incoada por la ciudadana María Gisela Novoa Vásquez contra el Ministerio Del Poder Popular para las Obras Publicas y Vivienda y Hábitat (Oficina Técnica Nacional Para La Regularización De La Tenencia De La Tierra Urbana (OTNRTTU), ambas partes suficientemente identificadas en autos. TERCERO: SE REVOCA la sentencia apelada. No hay condenatoria en costas.