Dispositivo
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Sexto (6°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR LA RECUSACIÓN ejercida por los abogados Víctor Jesús Álvarez Medina y Gilberto José Hernández, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 72.026 y 101.792, respectivamente, contra la Abogada Greloisida Ojeda Núñez, Juez Provisoria del Juzgado Octavo (8°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; SEGUNDO: SE IMPONE a los abogados recusantes, ciudadanos Víctor Jesús Álvarez Medina y Gilberto José Hernández Kondryn, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédula de identidad n° V-12.422.136 y V-13.580.516, en ese orden, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 72.026 y 1.....