En razón de lo anterior, se modifica el auto de fecha 12 de abril de 2010, dictado por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, solo por lo que respecta a la negativa de admisión de la prueba de inspección judicial promovida por la parte demandada. Así se establece.-
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Sexto Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada contra el auto de fecha 12 de abril de 2010, dictado por el Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo se ordena al Juzgado Décimo Primero (11°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Tra.....