(...) DECRETA: LA NULIDAD DEL AUTO DICTADO EN FECHA 18 de febrero de 2019 (ver f. 216) y ORDENA LA REPOSICIÓN DE LA CAUSA al estado de que el Juzgado 15° de Primera Instancia de Juicio de este Circuito Judicial del Trabajo, proceda a oír el recurso de apelación ejercido por la representación judicial de la parte demandante en nulidad en contra de la decisión interlocutoria de fecha 13 de noviembre de 2018, en un solo efecto, mediante la remisión de las copias certificadas que a bien indiquen las partes y el órgano jurisdiccional; y una vez que cumpla con lo ordenado proceda a la remisión del asunto a este mismo Juzgado, sin necesidad de ser nuevamente distribuido a los Juzgados Superiores, como una apelación en el solo efecto devolutivo. Así se decide.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DEJESE COPIA.
Dado, sellado y firmado, en la Sala de despacho del JUZGADO SEXTO (6°) SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS. En la.....