IV
DISPOSITIVO
Por todos los razonamientos antes expuestos este Juzgado Sexto Superior del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, Declara: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la ciudadana JANNA IRALIS GOMEZ MARQUEZ, venezolana, mayor de edad de este domicilio y titular de la Cédula Identidad N° 17.531.802 asistida por el abogado NERIO OMAR GARCIA VESQUEZ, inpreabogado bajo el N° 37.760, en contra la decisión de fecha catorce (14) de diciembre de 2016, emanada del Juzgado Décimo Segundo (12°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. SEGUNDO: SE CONFIRMA el fallo apelado. TERCERO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza del presente fallo.