DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este JUZGADO SEXTO SUPERIOR DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: IMPROCEDENTE la solicitud de Medida Cautelar de Suspensión de Efectos del acto administrativo de efectos particulares referido al INFORME PERICIAL contenido en el oficio N° 0142/2014, emanado de la Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores DIRESAT MIRANDA, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) de fecha 04 de noviembre de 2014, emitido con fundamento en la Certificación N° 0070-13, de fecha 16 de octubre de 2013, emanada de la misma Dirección Estadal de Salud de los Trabajadores (Diresat) Miranda, del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), actos relacionados con María Pasífica Méndez Maraima......