Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Séptimo (7º) del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la apelación ejercida por la sociedad mercantil CERVECERIA POLAR, C.A. contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva, dictada por el Tribunal Octavo (8º) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en fecha 07 de noviembre de 2018, que declaró inadmisible el recurso de nulidad ejercido conjuntamente con medida cautelar de suspensión efectos ejercido por dicha empresa