Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Séptimo (7º) del Trabajo del Circuito Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confiere la Ley, declara: PRIMERO: PROCEDEDENE la Inhibición planteada por la abogada AURA MARIA TRENARD APARICIO, en su carácter de Juez Vigésimo (27º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, mediante la cual señala inhibirse de la causa signada bajo el Nro. AH21-L-2018-000677, por encontrarse incurso en supuestos contenidos en el artículo 82, ordinal 1º del Código de Procedimiento Civil