PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte actora contra el auto de fecha 03 de Noviembre de 2017, dictada por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas; por consiguiente, el mismo SE CONFIRMA.
SEGUNDO: Se condena en costas a la parte apelante-
TERCERO: Motivado al fallo generalizado y suspensión del sistema IURIS2000 a partir del día 08 de enero del año corriente, y con arreglo a conservar el Orden Procesal y El Derecho a la Defensa, SE ORDENA LA NOTIFICACION DE AMBAS PARTES; a los fines de ser impuestos sobre la presente decisión, en el entendido de que una vez que consten a los autos la ultima de las notificaciones o las partes de den por notificadas expresamente mediante diligencia, empezaran a transcurrir los lapsos correspondientes al ejercicio de los recursos que ambos adversarios procesales tuvieren a bien en contra del presente fallo.