Por todos los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Séptimo Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: ÚNICO: IMPROCEDENTE la solicitud de aclaratoria de la sentencia emanada de este Juzgado en fecha 08 de marzo de 2017, solicitada por la apoderada judicial de la parte actora en el juicio seguido la ciudadana Antonieta Croes Capielo contra la Sociedad Mercantil Banesco, Banco Universal, C.A.,.